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Grupo SIEspaña - UGLOBAL Top 25 Award

OBTENGA UNA VISA Y AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA EN ESPAÑA

ADQUIRIENDO BIENES INMUEBLES POR LA CANTIDAD DE 500.000 EUROS

A través de una inversión es posible obtener la ciudadanía española y gozar de todos los beneficios de ser ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.

Disfrute de una propiedad y adquiera su residencia y ciudadanía española

Entre las diferentes modalidades que establece la ley para obtener el beneficio de visa y residencia legal en España, se encuentra la compra de bienes inmuebles por un mínimo de 500.000 euros. Igualmente, se puede obtener la residencia realizando un depósito bancario en la cuenta del inversionista en España por un monto mínimo de 1 millón de euros. A diferencia de otros países, en España no hay empresas de por medio, ni terceras personas en el proceso de residencia.

En el caso de la inversión mediante la compra de bienes inmuebles, la ley contempla que pueden ser una o varias propiedades, ya sean de carácter residencial o comercial, en cualquier parte del territorio español.

La Visa de Residencia por Inversión es una excelente vía migratoria para aquellos extranjeros que deseen o necesiten permanecer en sus países y no tengan la intención de vivir durante seis meses o más al año en España. Es decir, es una excelente alternativa para aquellos que buscan asegurar un Plan B en caso de que tengan que emigrar en un futuro.

MARCO JURÍDICO:

Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización:

Con la intención de promover e incentivar la inversión extranjera en España, se ha promulgado la ley 14/2013 de 27 de Septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Esta ley establece, entre otras categorías, los diferentes beneficios migratorios que puede obtener un extranjero que realice una inversión significativa de capital en el territorio español.

VISA DE RESIDENCIA

Una vez realizada la inversión, el inversor podrá solicitar una Visa de Inversionista ante el Consulado español en el país de origen o de residencia. Esta visa le permitirá al grupo familiar vivir legalmente en España por un período inicial de un año.  Factores a considerar:

  • Durante un año el inversionista podrá vivir o no en España sin poner en peligro su visa de residencia.
  • El inversionista deberá de mantener la inversión para mantener y renovar la visa.
AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
Abra su ventana a Europa
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Al obtener la Visa de Residencia en el Consulado, el inversionista podrá, mientras mantenga la inversión, solicitar una Autorización de Residencia que le permita vivir y trabajar en España. Esta autorización es otorgada por un período inicial de tres (3) años.

La Visa y la Autorización de Residencia se otorgan al cónyuge y a los hijos menores de 18 años.. También se pueden incluir previo análisis, los hijos mayores de edad siempre y cuando sean solteros y se pueda demostrar que son económicamente dependientes del inversionista principal.

TODO EL PROCESO DE RESIDENCIA DE MANERA PRESENCIAL EN ESPAÑA

El Grupo SIEspaña maneja un alto volumen de casos de residencias por inversión y la mayoría de nuestros clientes solicitan directamente la autorización de residencia mientras se encuentran físicamente en el territorio español. Esto evita que se tenga que solicitar previamente la visa ante el consulado español, es decir, se puede omitir este trámite de visado si el tiempo del inversionista principal y sus familiares así lo permiten.

Cuando el inversionista ingresa a España como turista, todo el proceso de compra de la propiedad y solicitud de residencia se puede realizar durante los 90 días que se otorgan para permanecer en el país en calidad de turista. Con la asesoría y preparación previa, el inversionista pueden realizar todos los trámites en un solo viaje evitando gastos y retrasos durante la solicitud de residencia.

OTRAS MODALIDADES DE INVERSIÓN

Existen más alternativas de inversión significativa en España que incluyen:

• Una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas. Muchos inversionistas no desean comprar una propiedad exclusivamente para obtener la residencia legal y deciden realizar un depósito bancario en una cuenta personal (a su nombre) por la cantidad de 1 millón de euros. Más adelante cuando adquieran la propiedad, si así lo desean, pueden modificar el tipo de inversión siempre y cuando se notifique dicho cambio..

• Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

  • Creación de puestos de trabajo.
  • Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico donde se vaya a desarrollar la actividad.
  • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

OPORTUNIDAD PARA CIUDADANOS IBEROAMERICANOS

Si el inversionista es ciudadano de un país iberoamericano, podrá solicitar la ciudadanía española una vez que haya obtenido la Autorización de Residencia y residido continuamente por un período mínimo de 2 años en el territorio español.

Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela son algunos de los países iberoamericanos cuyos ciudadanos pueden solicitar la Nacionalidad española a los 2 años de Residencia legal y continuada.

CONOZCA OTROS REQUERIMIENTOS PARA OPTAR

Adicional a la inversión, el inversionista extranjero también deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de un estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a quienes aplique el régimen comunitario.
  • No encontrarse irregularmente en el territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países de residencia anterior por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como inadmisible en los Estados miembros del Espacio Schengen.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso propios y de sus familiares.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer enfermedades que tengan repercusiones de salud pública graves, de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, si se ha acogido a un programa de retorno voluntario.

ASESORAMIENTO INTEGRAL DE LA MANO DEL GRUPO SIESPAÑA

Un extranjero puede beneficiarse de las oportunidades de inversión inmobiliaria y al mismo tiempo obtener una residencia legal para vivir y trabajar en España.

Es muy importante analizar los objetivos particulares de cada familia ya que existen otras vías migratorias para vivir legalmente en España sin necesidad de inversión alguna, tal es el caso de la Residencia no Lucrativa. La residencia por inversión no es la única vía para emigrar si la intención es residir de manera permanente en el territorio español.

El GRUPO SIESPAÑA asesora a sus clientes de una manera clara y objetiva para que puedan emigrar a España de la manera correcta, y sobre todo, evitando en todo momento la perdida de tiempo y recursos económicos.

CONTÁCTENOS para analizar su caso y determinar la vía legal apropiada para obtener la Residencia Legal en España.

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